La AMCI, en consonancia con su misión institucional de propender por una atención efectiva y segura de los pacientes en estado crítico ha venido haciendo observaciones y propuestas de cambio a la resolución 2003 de 2014, las cuáles serán tramitadas ante el Ministerio por intermedio de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas (ACSC).
A continuación presentamos algunas propuestas de cambio.
Cuidado Intermedio
1. Exigir contar con UCI intermedio si se tiene UCI intensiva.
Por el no cumplimiento a esta norma se hubiesen cerrado muchas UCIs en el país.
Esto ratifica la percepción de los evaluadores que este servicio podría prestarse en el mismo lugar; y se aceptan UCIs mixtas.
2. Exige monitoreo de gasto cardiaco el cual forma parte del monitoreo hemodinámico avanzado, pero deja los procedimientos, interpretación y tomas de decisiones a especialistas que no cuentan con la competencia para ello.
3. En intermedio se exige en procesos prioritarios que son de cuidados intensivos tales como inserción de catéter de presión intracraneana, inserción de marcapaso transitorio, traqueostomia, etc.
4. En intermedio se exigen procesos prioritarios como embolectomía que no son pertinentes a la UCI intensiva o intermedio.
5. En intermedio se repite lo de alimentación, diálisis peritoneal, entre otros.
UCI Adultos: el Intensivista debe ser exigible, no opcional y mucho menos disponible.
1. La UCI adultos cuenta con al menos un especialista en medicina crítica y cuidados intensivo (médico y enfermera) quien será el líder del servicio y según la oferta de servicios cuenta con especialista en Medicina Crítica y Cuidado Intensivo o Anestesiología o Medicina Interna o Gineco-obstetricia o Cirugía General o Medicina de Urgencias.
2. Debido a la falta de caracterización epidemiológica de la oferta/demanda en la prestación de servicios de MC/CI en Colombia no es posible formular una exigencia de plena cobertura (cuenta con) de intensivistas en el territorio nacional. Sin embargo debido al carácter dinámico de la norma de habilitación, y si la misma no excluye al intensivista de su escenario protagónico, es posible establecer en una perspectiva de 5 años asumir el “control” asistencial de las UCIs de adultos en el país, máxime si esto va de la mano con un mayor control de la oferta de cuidados intermedios (o especiales) los cuales asumen actividades de cuidados intensivos sin el lleno de los requisitos esenciales.
3. La denominación extrema: contar con (cobertura plana) o disponibilidad debe permitir el término cobertura parcial (cuenta con especialista de MC/CI con cobertura de 12 horas al dia).
4. Eliminar la exigencia de la dotación por cada cubículo o paciente. Debe contar con o tener acceso a dispositivos de medición de GC invasivo o no invasivo.
REFLEXION FINAL
Las resoluciones de habilitación, en especial la 2003 (y la que actualmente se está estructurando), han propiciado en Colombia: