La Resolución 1441 de 2013, fue derogada integralmente por la Resolución 2003 de 2014, que corrigió yerros de la primera y extendió el plazo para su cumplimiento hasta el año 2014.
Dicha resolución tiene por objeto definir los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de habilitación de servicios de salud, así como adoptar el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud que hace parte integral de la resolución, por lo tanto aplica actualmente a:
El manual que adopta la Resolución, establece competencias para el talento humano, ya que las mismas se encuentran reguladas en la normatividad correspondiente, esta establece una autoevaluación que deberá realizarse en los siguientes momentos:
Respecto a la Vigencia de la inscripción en el REPS, queremos hacer referencia, ya que la resolución plantea los siguientes lineamientos:
La inscripción de cada Prestador en el REPS tendrá una vigencia de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha de la radicación ante la entidad Departamental o Distrital de Salud correspondiente, de ahí la importancia de cumplir con todos los lineamientos de la Resolución, para darle una mejor calidad a los pacientes.
Edgar S. Escobar Contreras
Abogado AMCI